Locales 12/12/2025
Informe y prevención
Luego del fallo que obliga al Municipio a proveer de agua libre de arsénico a la población, el Grupo ECOS, junto al abogado Fernando Cabaleiro (especialista en derecho ambiental) informaron sobre los resultados que indican altos niveles de arsénico en el agua corriente y de pozo, el impacto en la salud y los pasos a seguir de ahora en más.
"Tengo acabados ejemplos de muchas leyes, que si bien han sido sancionadas y no están reglamentadas, nosotros desde la praxis con el activismo judicial, buscamos que se aplique la ley para un caso concreto, o bien que se sanee ese vacío legal que existe. Para darte un ejemplo, desde la praxis que nosotros hemos trabajado es el caso del derecho humano al agua potable. Derecho que no está reconocido por ninguna ley. Cuando fue la reforma del Código Civil en el año 2014, en el proyecto original, en el proyecto de modificación, estaba contemplado un artículo que, después, cuando se debatió en el Congreso, ese artículo quedó cambiado y no se incluyó el Derecho Humano al Agua potable. Pero desde una lucha que se hizo desde una localidad de la provincia de Buenos Aires, que fue 9 de Julio, a las que hoy se suman otras como Roque Pérez y Saladillo, donde el agua está contaminada con altos niveles de arsénico, se fue a la Justicia y se logró que el máximo tribunal de la nación, la Corte Suprema de Justicia, reconociera el derecho humano del acceso al agua potable. Obviamente que las soluciones judiciales, tampoco son las soluciones definitivas. Siempre son el comienzo de algo porque todo es una lucha continúa. Esa decisión de la Corte, como en otros casos, siempre lo que te permite es, primero visibilizar una problemática que es ocultada o silenciada por el propio Estado, después darle legitimación a las organizaciones y a los vecinos, porque evidentemente si logran una decisión de la justicia es porque algo de razón tienen, y a su vez se pueden presentar de otra manera frente al poder político. Y también hay que tener en cuenta que es una construcción jurídica permanente, porque a partir de ese reconocimiento, implica poner en debate las actividades extractivistas o la contaminación concreta."
Al referirse al último fallo y resolución judicial, Cabaleiro indicó que "el fallo habla de un plazo de 15 días hábiles, pero nosotros vamos a ser flexibles y le vamos a dar un tiempo prudencial al Municipio para que cumpla con la medida. Lo que está claro es que, si el arsénico en agua da por encima de los 10 microgramos por litro, estamos ante una situación de riesgo. En el caso de otras sustancias, en Saladillo también se hallaron residuos de agrotóxicos. Por lo tanto, el Municipio también debe garantizar que el agua sea segura en ese sentido".
Teniendo en cuenta que el Municipio seguramente apelará la sentencia ante la Cámara Contencioso Administrativa, el Profesional indicó que se seguirán los pasos que correspondan.
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